FGR determina no ejercicio penal en investigaciones contra empresario Gerardo Sánchez Zumaya
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Tras revisar distintas denuncias por presuntos delitos federales, la Fiscalía General de la República (FGR) determinó el no ejercicio de la acción penal en al menos dos carpetas de investigación relacionadas con el empresario Gerardo Sánchez Zumaya. Una de ellas se originó por acusaciones de lavado de dinero y otra por señalamientos que incluían portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército, operaciones con recursos de procedencia ilícita y facturación de operaciones simuladas.
Con fecha 7 de marzo de 2024, un acuerdo ministerial dio cuenta del análisis de la carpeta FED/FEMDO/FEIORPIFAMF-SLP/0000715/2024, abierta tras una denuncia anónima recibida el 19 de septiembre de 2024. En ella se señalaba a Gerardo Sánchez Zumaya, vinculado al conglomerado Grupo GESA y a la empresa Petrogesa, S.A. de C.V., por presuntas operaciones con recursos de procedencia ilícita. La denuncia afirmaba que el empresario presumía inversiones millonarias en estados del sureste y centro del país, particularmente Tabasco y San Luis Potosí, y que su patrimonio podría derivar de una red de empresas relacionadas con el sector petrolero y contratos con Petróleos Mexicanos (Pemex).
Como parte de las diligencias, la Fiscalía solicitó información a diversas dependencias, entre ellas la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), la Policía Federal Ministerial, el Instituto Mexicano del Seguro Social y la empresa estatal Pemex. Esta última confirmó la existencia de contratos con Petrogesa para el suministro de equipo y servicios, al incluir uno para la adquisición de una bomba contra incendios y otro vinculado con reparaciones en instalaciones de almacenamiento en Poza Rica. No obstante, los análisis financieros y ministeriales no identificaron indicios suficientes de que los recursos investigados provinieran de actividades ilícitas, mientras que la UIF indicó que no contaba con elementos para denunciar el delito de lavado de dinero.
Derivado de esos resultados, el Ministerio Público federal concluyó que no se acreditó la probable comisión del delito previsto en el artículo 400 Bis del Código Penal Federal. Por ello solicitó formalmente decretar el no ejercicio de la acción penal a favor de Sánchez Zumaya, al considerar que la denuncia anónima carecía de elementos circunstanciados y que las diligencias realizadas no confirmaron irregularidades.
En un procedimiento distinto, un oficio de la FGR fechado el 10 de diciembre de 2024, correspondiente a la carpeta FED/TAB/VHS/0001450/2024 tramitada por la célula de investigación I-6 en Villahermosa, Tabasco, señala que el agente del Ministerio Público federal pidió al fiscal federal en la entidad autorizar también el no ejercicio de la acción penal.
Aunque ambas investigaciones fueron abiertas por unidades distintas de la FGR, los expedientes coinciden en su conclusión: las autoridades federales determinaron que no existían elementos suficientes para judicializar los casos, por lo que solicitaron cerrar las indagatorias conforme al Código Nacional de Procedimientos Penales. En el contexto político local, medios de comunicación han mencionado que estas acusaciones habrían sido utilizadas como parte de campañas de desprestigio o “campañas negras”, presuntamente impulsadas desde círculos cercanos al gobernador de San Luis Potosí, Ricardo “El Pollo” Gallardo Cardona; no obstante, las investigaciones federales revisadas concluyeron sin que se acreditaran delitos.



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