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Juzgado de Tijuana enfrenta cuestionamientos por resoluciones sobre prisión preventiva

hace 7 horas
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Las resoluciones relacionadas con medidas de prisión preventiva en procesos por homicidio calificado y secuestro han puesto bajo revisión la actuación del Juzgado Décimo Segundo de Distrito, con sede en Tijuana y encabezado por la jueza Cristina Martínez Aguilar. Abogados y operadores del sistema de justicia de Baja California han expresado cuestionamientos por una serie de suspensiones concedidas por ese órgano jurisdiccional.


El caso de una víctima llegó incluso a una conferencia de la presidenta Claudia Sheinbaum, luego de que su madre expusiera públicamente la situación. En paralelo, integrantes del gremio jurídico local refieren la existencia de quejas sobre la actuación del juzgado que habrían sido presentadas ante el Tribunal de Disciplina Judicial.


Los señalamientos de abogados incluyen los incidentes de suspensión 517/2026-VII, 530/2025-VII y 153/2026-V, vinculados con investigaciones por homicidio calificado. A estos expedientes se incorporan los amparos 792/2026 y 852/2026, cuyas actuaciones principales ocurrieron entre agosto y septiembre de este año.


Una misma persona fue favorecida con la promoción de los amparos 792/2026 y 852/2026, y ha sido relacionada con un grupo criminal que opera en la región. Dentro del expediente 792/2026, la suspensión provisional provocó la revisión de la prisión preventiva impuesta en el proceso penal; posteriormente, en el 852/2026, la suspensión concedida dio paso a una nueva audiencia en la que se sustituyó la medida cautelar, por lo que el imputado pudo continuar su proceso en libertad.


Más allá de que los dos asuntos hayan sido turnados al mismo juzgado en fechas próximas, los litigantes consultados plantean dudas sobre el mecanismo de turno, los argumentos jurídicos utilizados para otorgar las suspensiones y el alcance de estas resoluciones respecto de decisiones que previamente habían tomado jueces de control.


También se encuentra bajo cuestionamiento la determinación adoptada en la causa penal 1065/2023 por secuestro. En este caso, la resolución emitida dentro del amparo 846/2026-I llevó a la representación ministerial a interponer un recurso de queja, al considerar que la decisión federal tenía efectos sobre la medida cautelar establecida en ese proceso.


Otro de los aspectos señalados por los abogados corresponde a la intervención de las partes en algunos de los amparos. Según los litigantes consultados, no se habría dado participación a todas las personas con interés jurídico antes de que fueran resueltas las suspensiones, entre ellas representantes de las víctimas o autoridades ministeriales.


Versiones sobre presuntos intermediarios vinculados con personal del juzgado también circulan entre integrantes del gremio jurídico de Baja California. A estas personas se les atribuyen gestiones para obtener resoluciones favorables, aunque dichas versiones no han sido acreditadas. Las quejas que habrían llegado al Tribunal de Disciplina Judicial, al igual que esos señalamientos, deberán ser revisadas y, en su caso, resueltas por las autoridades competentes.


El conjunto de asuntos mantiene la atención sobre el Juzgado Décimo Segundo de Distrito y la jueza Cristina Martínez Aguilar. Por sí mismas, las suspensiones concedidas y las posteriores modificaciones de medidas cautelares no constituyen evidencia de una irregularidad; las dudas expresadas por abogados se enfocan en los procedimientos, los criterios jurídicos empleados y los efectos de las resoluciones en las causas penales.


El curso que sigan las inconformidades corresponderá a las instancias competentes, que deberán determinar si las quejas cuentan con sustento y si existe alguna actuación que pueda generar responsabilidad. Hasta entonces, los señalamientos contra el órgano jurisdiccional continúan sujetos a revisión y no permiten establecer responsabilidades por sí mismos.

 
 
 

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